UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
FACULTAD DE DERECHO
DIVISION DE ESTUDIOS DE POSGRADO
 
 
 
 
 
 
 
 

TEMA:

LA VIDA JURÍDICA DEL HOMBRE ANTE EL DERECHO PENAL
 
 
 
 
 
 

MATERIA:

DERECHO INFORMÁTICO
 
 

CATEDRÁTICO:

DOCTOR JULIO TÉLLEZ VALDÉS
 
 

ALUMNO:

LICENCIADO ANUAR AURELIO BERNAL BELTRÁN












AGRADECIMIENTOS:

AL DOCTOR JULIO TÉLLEZ VALDÉS EN VIRTUD DE SU INVALUABLE CÁTEDRA IMPARTIDA EN SU CURSO EXCEPCIONAL Y SU MARAVILLOSA OBRA JURÍDICA.

A FERNANDO CORTÉS ALTAMIRANO ASÍ COMO A SU APRECIABLE FAMILIA POR SUS EXTRAORDINARIAS CONSIDERACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA PRESENTE OBRA.

AL DOCTOR VIRGILIO RUIZ RODRÍGUEZ POR SUS CONOCIMIENTOS Y PACIENCIA DURANTE MI FORMACIÓN.

AL SEÑOR CARLOS VIRGIL ÁVALOS EN VIRTUD DEL APOYO MANIFESTADO PARA TERMINAR LOS ESTUDIOS CORRESPONDIENTES A LA LICENCIATURA.

A MARCELITA ( FUNCIONARIA DEL DEPARTAMENTO DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA) POR SUS APRECIABLES CONSEJOS.

A LAS LICENCIADAS  LAURA MINERVA DUARTE GONZÁLEZ, NATIVIDAD FONSECA GARCÍA Y A LA DOCTORA ESTÉLA CADENA ASCONA POR SU EJEMPLO COMO PROFESIONISTAS Y PERSONAS.

A LA LICENCIADA MARIA GUADALUPE BELTRÁN CORREA POR SU PACIENCIA, DEDICACIÓN Y CONFIANZA.

AL SEÑOR AURELIO BERNAL JORGE QUIEN A SABIDO EDUCARME.

A LA SEÑORITA CLAUDIA PERLA BERNAL BELTRÁN COMO EXTRAORDINARIA COLABORADORA.

A MI HERMANO YURI ALBERTO POR SUS CONSEJOS.

A TODOS AQUELLOS QUE DELINQUEN ASI COMO A SUS VICTIMAS.
 
 



INDICE







- INTRODUCCIÓN

CAPITULO I. EL BIEN COMÚN CAPITULO II. EL LIBRE ALBEDRÍO CAPITULO III LA AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD CAPITULO IV EL DERECHO PENAL CAPITULO V EL HOMBRE ANTE EL DERECHO PENAL - CONCLUSIONES

- BIBLIOGRAFÍA
 
 


INTRODUCCIÓN

 En la ciencia no existen opiniones, hay hechos; por lo tanto, a éstos habrá que interpretarlos a la luz de su más genuina expresión: La verdad.
 Esta tesis no defiende ni trata de apoyar al delincuente; por el contrario, le da el lugar correspondiente. Defiende a la sociedad y propugna, durante todo su desarrollo, por encontrar los medios adecuados  para que el orden social y el bien común -dentro de los cuales vive y se desenvuelve - no sean vulnerados por actividades contrarias a Derecho; lleva el propósito de analizar los diversos problemas jurídicos y sociales que la actividad delictiva presenta para la sociedad y para el Estado, en relación con la defensa social y, asimismo, con la justicia y protección que se le debe impartir a la persona humana, la cual seguramente infringe o puede infringir el ordenamiento penal por carecer del sentido ético y aunque en la mayoría de los casos goza de sus facultades intelectuales, volitivas y valorativas, características del ser humano; en consecuencia este trabajo de investigación se divide del modo siguiente:
 CAPITULO I.Se sostendrá la tesis del bien común, en donde los fines del Estado deben estar dirigidos al establecimiento y conservación de un orden en el cual pueda realizarse la justicia social, orientando, dirigiendo y regulando la paz y el orden social; de tal manera que la sociedad y todos y cada uno de sus integrantes, tengan asegurado el respeto, el goce y el disfrute de los derechos que les corresponden en la convivencia social y de acuerdo con la justicia. El Estado, dentro de esta tesis, no tutela en forma exclusiva la felicidad del hombre-individuo ni protege solamente los intereses y derechos de los grupos humanos, sino que tiende a realizar una equilibrada armonía entre el hombre-individuo vinculado colectivamente, las exigencias de los grupos sociales, y la propia sociedad; y así, encontramos consagradas en la Constitución, las garantías sociales al lado de las inviduales, y vemos cómo, dentro de las primeras, se protege la familia, la educación, la cultura, la clase obrera, la de los agricultores, la política, la economía, la seguridad social, la asistencia social, el interés y el orden colectivo, etc. El bien común comprende el bien particular y el social, y, por este motivo, las personas, los grupos y la misma sociedad alcanzan -dentro de esta doctrina- su desarrollo integral y cumplen con sus fines.

 CAPITULO II.Nos ocuparemos de los criterios filosóficos: determinismo, indeterminismo, así como de la libertad psicologíca del ser humano y del ejercicio de esa libertad frente al supuesto jurídico. El determinismo se ha identificado a  veces con la palabra fatalismo, otras con la predestinación y otras, por último, con la presciencia.
 El indeterminismo. Esta doctrina considera el hombre dueño de su propia conducta, decidiendo libremente su comportamiento.
 El hombre es albedrío, estableciendo que la capacidad de actuación del mismo está limitada entre otros factores, por el Derecho.
 Cuando la libertad del hombre dirige a la voluntad para transgredir una norma jurídica con la cual se estatuye un mandato o una prohibición, se encontrará la persona bajo las normas del jus puniendi del Estado.
 CAPITULO III Puntualizaremos a cerca de la autonomía de la voluntad cómo es una facultad anímica, es un acto interior realizado en vista de un fin, es la forma dinámica de la vida psíquica del sujeto, el cual alcanza su realización plena, en esta esfera de actividad libre que el propio Derecho le asegura, y estos son los derechos subjetivos.
 CAPITULO IV Se estudiará al hombre el cual nació para realizar sus fines, busca siempre la verdad y el bien, constantemente anhela vivir a la luz de los valores jurídicos. Sin embargo - y por muy diversas circunstancias- encontramos, dentro de la vida humana, hombres en los cuales es más fuerte el instinto de destrucción que el de superación, ya sea por influencia del medio ambiente, por enfermedades hereditarias, vicios, defectos de educación, excesiva pobreza, ignorancia, etc. A estos hombres los valores no les sirven de pauta para normar su vida; su conducta es contraria a los mismos, y así encontramos a los que generalmente el Derecho penal llama delincuentes; así como sus diversos conceptos: filosófico, psicológico, jurídico y criminologíco.
 CAPITULO V. Aquí se enfocará al hombre en el cual existen frenos e inhibiciones, facultades para distinguir el bien del mal, lo lícito, por lo tanto, si un hombre, siendo ante todo un ser social, presenta una actitud y observa una conducta antagónica y antisocial frente a la sociedad, dentro de la cual tiene obligación de ser un miembro útil, debe ser castigado y readaptado socialmente, aun en el caso de ser inimputable.